Partidos reciben reglamento sobre dominicanos en el exterior

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Junta Central Electoral (JCE) decidió enviar este sábado para consultas a los partidos políticos el Reglamento para la transmisión de los resultados de las Elecciones Generales Presidenciales y de Diputados de la comunidad dominicana en el exterior, programadas para el próximo domingo 20 de mayo del año en curso.
La decisión del Plano de la Junta Central Electoral celebrado en esta fecha, busca conocer las opiniones de los delegados de los diferentes partidos políticos reconocidos para proceder luego a escuchar sus opiniones en una audiencia pública convocada para el próximo lunes en el Auditorio de la institución.
En una sesión del Pleno de la JCE, encabezada por su presidente, Roberto Rosario Márquez, el proyecto de resolución establece que después de concluidas las elecciones inmediatamente se comenzará a levantar una relación del resultados provisionales de los comicios y se indicarán los votos obtenidos por cada partido o agrupación.
Precisa que en las Juntas Electorales existe la responsabilidad de recibir, escanear y procesar la información que es devuelta por los presidentes y secretarios de colegios, acompañados de los delegados que lo deseen, resultados que inmediatamente son digitados y convertidos en boletines, en cada una de las juntas, agregándose esta responsabilidad.
Esta propuesta se sustenta en el artículo 139 de la Ley Electoral que en su primer párrafo establece que: “Inmediatamente después de concluidas las elecciones, la Junta Electoral comenzará a levantar una relación provisional del resultado de los comicios en sus jurisdicciones respectivas, basadas en las relaciones de votación” que aluden los artículos 136, 137 y 138 de la referida ley.
En el segundo párrafo del artículo 139, se dispone que “mientras se concluya la relación provisional total, las juntas electorales autorizarán, con la frecuencia que estimen conveniente, boletines parciales, en los que se indicarán la hora y el número de colegios relacionales hasta el momento y los votos obtenidos por cada partido o agrupación política en los diferentes niveles de votación. Dichos boletines serán entregados de inmediato a los delegados de los partidos y agrupaciones políticas que participen en las elecciones y a los medios de difusión, y enviados” a la JCE.
El Proyecto de resolución especifica que en cuanto a escaneo y transmisión de las relaciones de votación en las Juntas Electorales, los Colegios Electorales ubicados en recintos que no cuenten con unidades de escaneo y trasmisión, se trasladarán a la Junta Electoral correspondiente. Aquí entregarán el acta de resultados de la votación al encargado de escaneo en dicha junta, quien procederá a realizar el escaneo de la relación de votación la cual será incorporada al proceso junto a las actas recibidas por las unidades EyT.
En tanto el encargado de la comisión receptora de dicha junta, firmará el recibo de descargo de los indicados materiales, al presidente y secretario del colegio.
Además que luego de publicada la relación provisional final, las juntas electorales comenzarán el cómputo definitivo de las relaciones de votación formuladas por los colegios electorales de la jurisdicción, resultante de los escrutinios verificados.
De igual modo precisa que el citado cómputo se continuará sin interrupción cada día, desde las 8:00 de la mañana hasta las 5:00 de la tarde por lo menos, y debe quedar terminado en un período no mayor de dos días, salvo que no sea posible por causas insuperables, caso en el cual se hará constar la causa en el acta correspondiente.
Señala que la JCE podrá enviar uno o más comisionados con encargo de observar los trabajos e investigar las causas del retardo y que en la medida en que las juntas y sub juntas electorales vayan computando las relaciones de votación de los distintos colegios electorales, permitirán que los partidos y agrupaciones políticas que lo deseen se hagan expedir copias de las mismas.
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