Suprema Corte de Justicia violó Constitución y Ley Orgánica con querella contra Víctor Díaz Rúa, según ADOCCO

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Alianza Dominicana contra la Corrupción, ADOCCO, aseguró que el presidente de la Suprema Corte de Justicia (CSJ), Mariano Germán Mejía, violó la Constitución de la República y la Ley Orgánica del alto tribunal, al designar al juez del mismo juzgado, Fran Euclides Soto Sánchez, para conocer de la admisibilidad de la querella con constitución en actor civil, por la violación de los artículos 29 y 33 de la Ley No. 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento.
La demanda presentada ante el pleno contra el ex ministro de Obras Publicas Víctor Díaz Rúa, el día 29 de febrero del 2012, fue declarada como inadmisible mediante la Resolución No. 3797-2012 del 14 de agosto del 2012; sin embargo, se evacuó por el juez Fran Euclides Soto Sánchez, apoderado por el presidente de la SCJ el día 13 de julio del 2012, a través del Auto No. 39-2012, cuando debió ser el pleno el que conociera de la misma.
La entidad de la sociedad civil señaló que el artículo 154, numeral 1, de la Constitución, le otorga competencia al pleno de la SCJ, con carácter de exclusividad, para juzgar en única instancia las causas penales seguidas al presidente, vicepresidente, diputados, senadores, jueces de las altas cortes, miembros del cuerpo diplomático y los ministros.
El imputado Víctor Díaz Rúa, era para ese entonces ministro de Obras Publicas y Comunicaciones, por lo que le corresponde al pleno de este alto tribunal conocer y decidir de la querella presentada contra el imputado.
ADOCCO sometió al Víctor Díaz Rúa, por referirse, en términos difamatorios, mientras participaba en “El Gobierno de la Mañana”, el día 15 de febrero, programa al que fue invitado debido a las reiteradas denuncias de irregularidades en la adjudicación de obras entre las que se encuentran el Corredor Duarte, la autovía del Coral, la carretera Bávaro- Uvero Alto- Miches- Sabana de la Mar, y la terminal portuaria de Sabana de la Mar, esta última denunciada ante la Dirección de Contrataciones Públicas, en violación a los principios de la Ley 340-06 Sobre Compras y contrataciones Públicas.
Asimismo, ADOCCO solicitó al alto tribunal imponer como orden cautelar al acusado Víctor Díaz Rúa, la medida de coerción real consistente en el Embargo Conservatorio de todos sus bienes muebles e inmuebles, por el valor del duplo de la suma perseguida como indemnización (RD$ 300, 000, 000, 00), es decir, RD$ 600, 000, 000, 00, lo cual equivale al embargo conservatorio de todos sus bienes a fin de asegurar la efectividad del cumplimiento de una posible condena.
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