Los Estados Unidos les da la bienvenida a los visitantes extranjeros que desean estudiar, realizar negocios, o simplemente conocer los lugares turísticos en cualesquiera de sus muy diversos 50 estados y territorios. Sin embargo, entendemos que el proceso de solicitud de visa americana parece desalentador mientras el solicitante atraviesa una serie de procedimientos y regulaciones muy complejas. El objetivo de crear esta página es el de proveerles tanta información como sea posible para prepararlos para el día de su entrevista.
En los párrafos siguientes intentamos responder algunas de las preguntas más frecuentes que recibimos de los solicitantes. En caso de que desee más información de la que le ofrecemos aquí, le sugerimos algunos enlaces situados al final de esta sección.
¿Qué es una visa de no-inmigrante?
Las Visas de No-Inmigrante facilitan una estadía temporal en los Estados Unidos, así como para vacaciones, viaje de negocios, estudios, trabajo temporal, participación en una conferencia, o programas de intercambio. Si usted desea emigrar a los Estados Unidos, una visa de no-inmigrante no es el tipo de visa apropiada para ello. Para más información sobre Visas de No-Inmigrante y sus diferentes tipos de clasificaciones, visite la página del Departamento de Estado de los Estados Unidos sobre Visitas Temporales a Estados Unidos (en inglés).
¿Por cuánto tiempo puedo permanecer en los Estados Unidos con una visa de no-inmigrante? (B1/B2)
El tiempo de duración de su estadía, si viaja con una visa B1/B2 (de paseo y negocios), está a discreción del oficial de inmigración que lo reciba en el puerto de entrada en los Estados Unidos. Los solicitantes que deseen extender su tiempo de estadía deben dirigirse al Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security/DHS) para hacer esta solicitud antes de que se expire su permiso de estadía. Para más información, consulte la página de USCIS.
¿Cómo puedo saber si mi visa de no-inmigrante está vigente?
A menos que su visa haya sido cancelada por un oficial consular o un oficial de inmigración, o su visa haya sido físicamente maltratada o alterada, estará vigente hasta la fecha de expiración que tenga. Si su visa tiene la letra “M” bajo la palabra “Entries”, la misma puede ser utilizada tantas veces como necesite entrar a los Estados Unidos, mientras la visa esté vigente. Si hay un número bajo la palabra “Entries” esa es la cantidad de veces que puede utilizar su visa.
En el caso de que su visa vigente se encuentre dentro de un pasaporte expirado, simplemente viaje con su pasaporte nuevo y el anterior que contiene la visa. Bajo ninguna circunstancia intente despegar su visa de un pasaporte expirado para pegarla en un pasaporte nuevo.
¿Debo presentarme personalmente en la Sección Consular para hacer mi solicitud de visa?
A raíz de ciertos cambios en la Ley de Inmigración estadounidense es obligatorio que la gran mayoría de los solicitantes hagan su solicitud en persona, para así entrevistarse con un oficial consular. Para los solicitantes por primera vez, por lo general, es necesario programar dos citas; una en el Centro de Atención de Visas y otra en la Embajada de los Estados Unidos. Esto incluye a los solicitantes con pasaportes oficiales o diplomáticos quienes viajan a los Estados Unidos por motivos no oficiales.
Aunque a algunos solicitantes no les sea solicitada su presencia ante un oficial consular, casi todos los solicitantes deben presentarse el Centro de Atención al Cliente para tomarles sus huellas digitales. Favor visitar nuestra política con respecto a las visas de menores y las renovaciones de visas, para más información sobre entrevistas personales.
Viajaré a un país para el cual tengo que hacer escala en un aeropuerto en los Estados Unidos. ¿Necesito visa de tránsito?
Sí. Todas las personas que necesitan hacer tránsito a través de territorio americano, a pesar del tiempo de duración de éste, deben primero obtener una visa de tránsito. Para más información puede referirse a la página del Departamento de Estado de Estados Unidos sobre la visa de tránsito.
¿Cómo determina un oficial consular si soy elegible para una visa de no-inmigrante?
Existen numerosos motivos de no elegibilidad que pueden imposibilitar o dilatar significativamente la emisión de un visado. Si desea ver una lista de cada uno de ellos vea la lista de inelegibilidades del Departamento de Estado.
La mayoría de las veces la visa es negada a un solicitante por no haber demostrado durante la entrevista que su visita a los Estados Unidos es en realidad por corto tiempo. La Sección 214(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos dice: “se presume que toda persona que solicita entrada a Estados Unidos tiene la intención de inmigrar, por lo cual el extranjero debe probar a la total satisfacción del cónsul, de que en el momento que se está solicitando admisión, es elegible para una visa no-inmigrante…» Para superar esta presunción de la sección 214(b), los solicitantes deben demostrar que tienen su residencia y otros lazos fuera de los Estados Unidos que los obligaran a retornar a su país luego de su visita. La ley exige que el solicitante sea el responsable de probarlo.
El estatus de residencia y los lazos que unen a un individuo con su lugar de residencia varían de ciudad en ciudad, de país a país y de persona a persona. Por ejemplo, lazos que unen a cierta persona con su lugar de residencia pueden ser su trabajo, una casa, su familia y una cuenta bancaria. Los “lazos” son los aspectos diversos de la vida que atan a la persona a su país de residencia: como sus pertenencias, empleo, relaciones familiares y sociales.
Durante la entrevista, los oficiales consulares evalúan a cada solicitante individualmente tomando en cuenta los factores profesionales, sociales y culturales. En el caso de solicitantes más jóvenes que no han tenido la oportunidad de formar lazos, los oficiales consulares evalúan las intenciones del solicitante, su situación familiar, y los planes a largo plazo que tengan dentro de su país de residencia. Todos los casos son evaluados individualmente y se les da toda la consideración permitida bajo la ley.
Para más información sobre rechazos de visa bajo la sección 214(b), por favor referirse a la ficha informativa del Departamento de Estado sobre rechazos de solicitud de visa.
Mi familiar/amigo en los Estados Unidos cubrirá todos los gastos de mi viaje. ¿No es eso suficiente para que yo califique para una visa?
No. La ley estadounidense requiere que todos los solicitantes de visa de no-inmigrante califiquen por sí mismos, a través de sus propios medios, como se explicó anteriormente. No es suficiente demostrar que los gastos de su viaje serán cubiertos por familiares o amigos en los Estados Unidos. A pesar de la situación económica de las personas a quienes vaya a visitar, estará sujeto al mismo procedimiento que todos los demás solicitantes.
Yo no resido en la República Dominicana. ¿Puedo yo hacer mi solicitud de visa en la Sección Consular de Santo Domingo de todos modos?
Aunque aceptamos solicitudes para visa de no-inmigrante de todas las personas, puede ser más difícil que califique para una visa si no es residente de la República Dominicana. Recomendamos que los solicitantes hagan su solicitud de visa en la Embajada o Consulado correspondiente a su lugar de residencia.
¿Cuánto tiempo tengo que esperar para recibir una cita de visa de no-inmigrante?
Dependiendo de la demanda de Visas de No-Inmigrante en la República Dominicana, hay un tiempo de espera para obtener una cita (para mayor información sobre el tiempo de espera, visite la página de internet del Departamento de Estado sobre tiempo de espera para cita). Si usted tiene una emergencia que no le permite esperar el tiempo normal para una cita, existe la posibilidad de obtener una cita de emergencia, basada en el mérito del caso y a discreción de la Unidad de Visas de No-Inmigrante.Usted deberá primero programar una cita a través de la página www.ustraveldocs.com o al Centro de Llamadas para solicitar una cita de emergencia. Favor visitar el enlace de Emergencias para más información.
Estoy interesado(a) en laborar en los Estados Unidos. ¿Cómo puedo obtener información para recibir un permiso de trabajo?
Visite nuestra página «Visa de Empleo Temporal» para acceder esta información.
Estoy interesado(a) en solicitar una visa J-1. (visitante de intercambio) ¿Cómo puedo obtener más información acerca de este programa de intercambio?
Visite nuestra página «Visas de Intercambio» para obtener esta información.
¿Cómo puedo solicitar visa para mi empleado(a) doméstico(a)?
Visite nuestra página «Viajes para Empleados Domésticos» para obtener esta información.
¿Se puede viajar sin visa a Estados Unidos bajo el Programa de Visa Waiver?
Sólo los viajeros de algunos países y aquellos que poseen la documentación requerida califican para viajar a E.U. sin visa. Si usted cree que eres elegible y quiere una completa descripción del programa, de quien puede participar y los requisitos que se deben cumplir, favor de ingresar a la dirección de internet del Departamento de Estado:http://www.travel.state.gov/visa/temp/without/without_1990.html.
Siempre que viajo a Los Estados Unidos, me detienen en el puerto de entrada para cuestionarme. ¿Cómo puedo resolver el malentendido sobre mi identidad?
Ahora viajeros podrán presentar sus quejas y resolver asuntos de identidad incorrecta accediendo fácilmente a la página de intenet:http://www.dhs.gov/trip. DHS TRIP facilita viajeros exponer situaciones tales como: retrasos sin razón valedera, se le ha impedido abordar, si han sido detenidos por razones de identidad, o simplemente han tenido dificultades para entrar al país. El programa además permite compartir información entre las agencias del departamento y crear medidas internas para monitorear el progreso.
¿Dónde puedo encontrar más información sobre visitas a los Estados Unidos?
En los siguientes enlaces puede encontrar más información sobre las políticas y procedimientos de visas de no inmigrante. Tenga en cuenta que no nos hacemos responsables de la exactitud de la información hallada fuera de nuestra página oficial.
U.S. Department of State’s Bureau of Consular Affairs – En la página del Departamento de Estado de los Estados Unidos, puede encontrar información general sobre las políticas y procedimientos relacionados a todas las categorías de visa.
«See You in the USA» – Este es un diario electrónico producido por la oficina de Diplomacia Pública del Departamento de Estado de los Estados Unidos, para los solicitantes de visa de no inmigrante y sus familiares.
U.S. Bureau of Citizenship and Immigration Services – En este sitio de internet puede encontrar información sobre la agencia que regula las políticas y procedimientos de los no inmigrantes dentro de los Estados Unidos. Adicionalmente, provee información sobre diferentes categorías de visa y le orienta sobre que deben hacer las personas con visa una vez lleguen a los Estados Unidos.
International Cultural Exchange Visas – Esta es una guia para solicitantes interesados en participar en uno de los muchos programas que ofrece la categoría de visa J-1.
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