¿Qué pasa si me despiden sin tener contrato de trabajo?


En primer lugar, lo ideal es reclamar un contrato de trabajo en el momento de la incorporación para no tener problemas en caso de despido. La mejor manera de legalizar la situación, en caso de que lo nieguen, podría ser aparentemente solicitar una inspección de trabajo, aunque teniendo en cuenta que la empresa (al verse perjudicada) puede prescindir de los servicios del trabajador por ello.
Lo mejor es llegar a un acuerdo amistoso, y en caso de no ser posible y querer seguir trabajando sin contrato escrito lo mejor es guardar pruebas de que se está trabajandoen el sitio. También puede ser una buena idea poner la demanda después de la relación laboral, pero intentando conseguir (como ya hemos dicho) pruebas de la relación laboral.
Aparentemente, los trabajadores sin contrato de trabajo podría parecer que no tienen ningún derecho, pero hay que tener en cuenta que pese a no haber un contrato escrito sí hay un contrato verbal. El trabajador puede reclamar sus derechos a una indemnización por despido a la empresa. Si esta se niega a darlo es cuando hay que pasar a la acción.
Antes de que pasen 20 días desde el despido, el trabajador debe ir al juzgado de lo social para reclamar lo que le corresponde, que puede ser una indemnización o que consideren el despido nulo.
Es recomendable llevar pruebas de que se estaba trabajando para la empresa, aunque de no ser así en caso de llegar a juicio el trabajador suele tener más posibilidades de ganar ya que ha de ser la empresa la que demuestre que el demandante no ha trabajado en ella o no existía relación laboral, no al revés. Hay que tener en cuenta que a falta de contrato físico se considera que se trata de un contrato indefinido. No se trabaja sin contrato, sino que se trabaja sin contrato escrito.
En este caso, el trabajador al que se le reconozcan sus derechos podrá ser readmitido con el cobro de salario y con contrato escrito o recibirá una indemnización por despido improcedente. El despido no será considerado como procedente porque no se recibió carta de despido.
Si es el trabajador el que dimite no tiene derecho a indemnización, aunque sí podría demandar a la empresa para que pague las cotizaciones de la Seguridad Social de los últimos 4 años.
Lo mejor tanto para la empresa como para el trabajador, ya que se han hecho las cosas “mal” desde el principio es negociar un acuerdo en caso de despido.

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