SANTO DOMINGO. El Ministerio de Trabajo reitera a toda la colectividad empresarial y trabajadora del país que el lunes 06 de noviembre, fecha en la que se celebra el “Día de la Constitución”, es inamovible.
El citado feriado del Día de la Constitución no se cambia en cumplimiento de la Ley 139-97, que establece la aplicación de los días no laborables. El Ministerio de Trabajo informa que la clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas el martes 07 del mismo mes.
La celebración de estas fechas, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.
“Las empresas que por su naturaleza deben permanecer abiertas al público, los trabajadores deben recibir una remuneración adicional, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo”, concluye el Ministerio de Trabajo.
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