Los Salesianos expulsan al sacerdote Rogelio Cruz

Después de una vida sacerdotal matizada por el trabajo social con sectores marginales y con frecuencia sacudida por escándalos y enfrentamientos con sus superiores, el padre Rogelio Cruz fue separado ayer de la orden de los Salesianos.
Mediante un comunicado emitido ayer, la Inspectoría Salesiana de las Antillas informó que la decisión está sustentada en un Decreto del Rector Mayor y el Consejo General con sede en Roma.
“Por Decreto del Rector Mayor y su Consejo General con sede en Roma, el P. Ramón Rogelio Cruz Fermín ha sido separado de la Sociedad de San Francisco de Sales y liberado de sus compromisos, votos religiosos y cualquier otro vínculo con la Sociedad Salesiana”, dice el comunicado.
Explica que esa decisión está sustentada en el canon 701 del Código de Derecho Canónico, que establece que con “la expulsión legítima cesan ipso facto los votos, así como también los derechos y obligaciones provenientes de la profesión”.
Aclara que el Decreto “ha sido ratificado por la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de vida Apostólica de la Santa Sede, a norma del Canon 700” del Código de Derecho Canónico.
“La Inspectoría Salesiana de las Antillas le desea al P. Ramón Rogelio Cruz Fermín, que el Señor lo ilumine y acompañe en los nuevos caminos a emprender”, finaliza la declaración.
Bases jurídicas
Al referirse a las causas de la separación del Padre Rogelio, el comunicado indica que la misma está motivada en los cánones 601, 696 y 699 del Código de Derecho Canónico.
El canon 601 establece que “el consejo evangélico de obediencia, abrazado con espíritu de fe y de amor en el seguimiento de Cristo obediente hasta la muerte, obliga a someter la propia voluntad a los Superiores legítimos, que hacen las veces de Dios, cuando mandan algo según las constituciones propias”.
El 8 de febrero de 2018 el Padre Rogelio dio a conocer que recibió una comunicación de la orden de los Salesianos de que sería trasladado a Colombia once días más tarde, pero que no obedecería esa decisión porque no estaba dispuesto a salir del país.
El religioso vinculó su traslado a Colombia con su oposición a que se explote Loma Miranda, en La Vega, así como una mina de oro El Romero, Hondo Valle, en la provincia San Juan.
“No puedo ir para Colombia. La gente de la Barrick Gold y de la Gold-Quest tienen sus tentáculos allá; son paramilitares y me van a matar de una vez”, expresó Rogelio en la ocasión, por lo que se opuso a salir del país.
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ORDEN INVOCÓ EL CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO
Supuestas violaciones: Rogelio manifestó que permanecería en el país al lado de los pobres, aunque la congregación le impusiera cualquier sanción.
Al invocar el Canon 696 ß 1 del Código, la orden de los Salesianos se acoge a la disposición que expresa que “un miembro también puede ser expulsado por otras causas, siempre que sean graves, externas, imputables y jurídicamente comprobadas, como son: el descuido habitual de las obligaciones de la vida consagrada, las reiteradas violaciones de los vínculos sagrados, la desobediencia pertinaz a los mandatos legítimos de los Superiores en materia grave, el escándalo grave causado por su conducta culpable, la defensa o difusión pertinaz de doctrinas condenadas por el magisterio de la Iglesia y la adhesión pública a ideologías contaminadas de materialismo o ateísmo”.
El canon 699 establece que “el Superior general, con su consejo, que para la validez del acto constará por lo menos de cuatro miembros, debe proceder colegialmente para sopesar con diligencia las pruebas, razones y defensas; y, si se decide así por votación secreta, dará el decreto de expulsión, que, para su validez, ha de contener los motivos de derecho y de hecho, al menos de manera sumaria”.
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