Hoy conocerán medidas de coerción a implicados en fraude fiscal Grupo Tremols Payero

SANTO DOMINGO. Este miércoles continúa el conocimiento de medida de coerción a los implicados en el caso de defraudación fiscal detectado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en el Grupo Tremols Payero, quienes supuestamente utilizaban sociedades fantasmas y Número de Comprobante Fiscal falsos para disimular costos y gatos con la intención de disminuir ilegítimamente los impuestos a pagar (ITBIS e ISR), entre otros.
La Fiscalía del Distrito, en su solicitud de medida de coerción, pidió al juez imponer prisión preventiva contra los ejecutivos del grupo empresarial, Hervys Rafael Tremols Payero y Daniel de Jesús Tremols Payero como imputados, y como coimputados a Ramón Rafael Tremols Payero, principal ejecutivo del Grupo y quien se encuentra en Suiza; Eddy Samuel Tremols Payero, Leonardo Antonio Tremols Payero, Rafael Alberto Tremols Acosta, Eduardo de Jesús Tremols Cruz, Carmen Adela Tremols Cruz, Néstor Enmanuel López Alcántara, Waskar Alberto González Payero, Maritselly de los Milagros Cruz López, Doris Alexandra López Urbáez. El Grupo Tremols Payero está siendo acusado por la Dirección General de Impuestos Internos de un fraude fiscal de unos RS$4,000 millones, que con los intereses y recargo se colocan en RD$9,321.7 millones.
Estos casos de defraudación fiscal detectados por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en los últimos días en la República Dominicana provocaron la reacción de varios sectores productivos del país, quienes consideran que las empresas que incurren en esta práctica atentan contra la seguridad jurídica, la libre empresa y libertad de competencia, así mismo, lacera la economía y la imagen del país.
A través de un comunicado, el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) expresó su respaldo a las acciones que emprende DGII para combatir estructuras fraudulentas que se dedican a cometer actos ilícitos y evasión de impuestos.
“Reconocemos y expresamos todo nuestro apoyo a la labor de la DGII y su director Magín Díaz, para que se agote el debido proceso y se aplique todo el peso de la ley contra los responsables”, expresó el residente del Conep, Pedro Brache.
Sobre ese mismo tema, la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD) apoyó las medidas y consideró que las mismas constituyen acciones ejemplarizantes contra presuntos evasores y presuntas estructuras fraudulentas que dicen llamarse empresas y que se encuentran produciendo o vendiendo al margen de la ley y del cumplimiento del pago de impuestos, y que además provocan competencia desleal a las verdaderas empresas que generan empleo y que contribuyen al fisco.
“Es una forma importante de frenar las ilegalidades, las violaciones al Código Tributario y los esquemas fraudulentos que buscan ganar ventaja por la vía de la defraudación fiscal alas industrias y empresas formales en la República Dominicana” expresó Celso Juan Marranzini, presidente de la AIRD.
Marranzini agregó que “la AIRD ha sido un propulsor de la equidad fiscal y asimismo respalda toda iniciativa que ayude a incrementar la formalidad, toda iniciativa que reduzca la evasión fiscal y todas aquellas que faciliten el cumplimiento de los deberes tributarios de las empresas y personas físicas”.
También, la Asociación Nacional de Empresas e Industrias Herrera (Aneih) proclamó que valora positivamente toda acción de la Administración Tributaria tendente a enfrentar la evasión fiscal.
A su juicio, el incumplimiento de los deberes tributarios formales estimula la competencia desleal y la quiebra de empresas cumplidoras, que ofrecen los mismos servicios que los evasores.
El presidente de la entidad empresarial, Leonel Castellanos Duarte, habló de esa manera al referirse a la decisión de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de querellarse frente a quienes utilizan mecanismos fraudulentos para evadir el fisco y sumas tan escandalosas como la aparecida en la prensa recientemente.
El caso más reciente detectado por las autoridades de la DGII es el del Grupo Tremols Payero, acusados por la Dirección General de Impuestos Internos de un fraude fiscal de unos RS$4,000 millones de pesos, que con los intereses y recargo se coloca en RD$9,321.7 millones.
Este caso se detecta cuando la DGII a través de una investigación encontró que algunas empresas del Grupo Tremols Payero reportaban compras por valores multimillonarios a otras empresas que no tenían una estructura para realizar dichas ventas y que no guardaban relación con su actividad económica, por lo que se determinó que eran compras ficticias “que tenían como propósito deducir esos gastos (ficticios) de la renta neta imponible y de esta manera dejar de pagar los impuestos correspondientes, para lo cual utilizaban facturas con Números de Comprobantes Fiscales (NCF) para simular el carácter ficticio de las operaciones así reportadas”.
Según la DGII, la conducta del Grupo Tremols Payero implicaba: uso de sociedades fantasmas y NCF no autorizados y por lo tanto falsos, para disimular costos y gatos con la intención de disminuir ilegítimamente los impuestos a pagar (ITBIS e ISR); la compra e importación de materias primas, con el fin de producir clandestinamente bebidas alcohólicas destiladas (ron, whisky, licores y vinos) para posterior venta y dejar de pagar el impuesto correspondiente (ISC).
También presentación de reportes y declaraciones juradas sustentando compras ficticias y obtención de bienes provenientes de actividades ilícitas, ocultamiento de bienes, posesión, administración y utilización de bienes procedentes de delitos precedentes de lavado de activos.
Los tipos penales son: defraudación tributaria (violación de los artículos 236 a 239 del Código Tributario); elaboración y comercio clandestino de productos gravados (artículos 240 y 241 del Código Tributario); falsedad y uso de documentos falsos (artículos 147 y 148 del Código Penal); Perjurio y falsedad en las declaraciones juradas (artículos 244 del Código Tributario y 361 del Código Penal); lavado de activos (artículos 3 y 4 de la Ley 155-17 de lavado de activos); estafa contra el Estado (artículos 405 del Código Penal) y asociación de malhechores (artículos 265 y 266 del Código Penal).
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