La Federación Dominicana de Comerciantes rechazó el aumento aprobado por el Comité Nacional de Salarios de un 14% al sector privado no sectorizado.
“Hoy las mipymes del país que están representadas en la Federación Dominicana de Comerciantes, en Codopymes, en la Asociación Nacional de Empresas e Industrias Herrera (ANEIH), en la Asociación Nacional de la Industria de muebles y colchón, Fedocamara, en fin, las principales instituciones de mipymes del país, estamos haciendo un llamado a los 2.5 millones de empleados que tenemos nosotros y al 1.5 millones de empresas que son miembros de nuestras instituciones a que no vamos a aumentar el salario de acuerdo a la resolución del Comité Nacional de Salarios porque se aprobó sin la clasificación de las empresas violando la ley 187-17”, expresó Iván García, presidente del gremio.
Dijo que la próxima semana anunciarán al país las acciones que van a tomar y advirtieron que no aumentarán los salarios hasta que no se haga la reclasificación de las empresas.
“La próxima semana estaremos anunciando el calendario de los paros escalonados a partir de la notificación de la resolución del Comité Nacional de Salarios, donde empezaremos por paros por ciudades, luego por regiones, hasta concluir con un gran cierre Nacional de las mipymes”, expresó.
García dijo que el ministro de Trabajo lo que está es violentando la ley 187-17 y lo que quiere es que desaparezcan las mipymes de la República Dominicana.
“Cómo es posible que un colmado y un salón de belleza tengan que pagar RD$17,610 como los grandes bancos y las grandes industrias de la República Dominicana. Quieren hacer desaparecer al micro, pequeño y mediano empresarios de la República; y cómo es posible que aquí las grandes cadenas hoteleras estén pagando RD$6,800 de salarios mínimos y que a un colmado les quieran forzar a pagar RD$17,600. Está bueno ya del abuso que están realizando con los micros, pequeños y medianos empresarios del país”, expuso.
Añadió que Copardom no lo representan en el Comité Nacional de Salarios.
“Sin la de clasificación de empresas no nos dejan otra alternativa que llamar a todo el sector empresarial mipymes a nivel nacional a no aplicar la resolución de incremento del salario mínimo no sectorizado hasta que el Tribunal Superior administrativo emita una sentencia al recurso que estaremos sometiendo en contra de esta resolución”, expresó García.
Reiteraron que están de acuerdo con el incremento general de salarios, siempre de acuerdo a la ley 187-17, que modifico la ley 488-08.
“Es increíble que el sector de las microempresas del país, que son el 96% del sector empleador, tenga que pagar un salario mínimo igual que una pequeña empresa, incluso más que las grandes cadenas hoteleras del país, que hasta estos momentos tienen un salario mínimo de RD$6,686.10 hasta RD$10,355.75 y las microempresas ahora tienen que pagar RD$10, 729.22, hasta donde va a llegar el abuso contra las microempresas? Es una vergüenza como país que el sector mayor empleador que somos las mipymes tienen que cerrar sus puertas para que se cumpla la ley en nuestro país”, enfatizó.
Iván García, quien se hacía acompañar de varios empresarios, entre ellos el presidente de la Asociación Nacional de Empresas e Industrias Herrera (ANEIH), Leonel Castellanos Duarte, dijo que es sumamente importante que el pueblo dominicano conozca que las micro, pequeñas y medianas empresas representan el 96% de las empresas del país, 1,473,354 empresas, generando el 67% de empleos, 2,527,260 empleados, y aportan el 38.6% del Producto Interno Bruto (PIB), tienen 751,055 locales fijos y 394,583 locales móviles.
Dijo que someterán un recurso ante el Tribunal Superior Administrativo para hacer valer el cumplimiento de la ley, la cual “debe ser una vergüenza para el Gobierno y el pueblo dominicano”.
Rechazaron que se haya convocado para discutir la reclasificación porque en el 2015 hicieron lo mismo y precisan que el mismo ministro de Trabajo nunca se hizo nada. “Este sector no se va a prestar hacer testigo de vagabundería que quieren cometer el ministro de Trabajo en contubernio con el sector sindical”.
Explicó en rueda de prensa, que la Ley No.187-17, es clara, establece la Clasificación de las Empresas, de acuerdo con la cantidad de trabajadores y las ventas brutas. Y además, es precisa cuando describe que una persona natural o persona jurídica que realice actividades agropecuarias, industriales, comerciales o de servicio, rural o urbano, se clasificará en:
1. Microempresa: Si tiene hasta 10 trabajadores; y ventas brutas anuales de hasta ocho millones de pesos dominicanos (RD$8, 000,000.00);
2. Pequeña Empresa: Si tiene de 11 a 50 trabajadores; y ventas brutas anual de hasta cincuenta y cuatro millones de pesos dominicanos (RD$54,000,000.00);
3. Mediana Empresa: Si tiene de 51 a 150 trabajadores; y ventas brutas anual de hasta doscientos dos millones de pesos dominicanos (RD$202, 000,000.00).
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