Secuestro con resultado de muer-te, carjacking con resultado de muer-te y ase-si-na-to intencional de un bebé por nacer. Estos son los tres delitos que el boxeador Félix “El Diamente” Verdejo Sánchez encara ante las autoridades federales por la muerte de Keishla Marlen Rodríguez Ortiz.
El cuerpo de la joven de 27 años apareció el sábado en aguas de la laguna San José luego de que su familia la reportara desaparecida el jueves. Verdejo Sánchez fue conectado como el principal sospechoso del cri-men al conocerse que ambos mantenían una relación senti-mental, que la joven estaba embarazada
Y que el boxeador se oponía al nacimiento de la criatura. Un testigo del cr-imen ventiló ante los federales lo que se alega que perpetró el deportista. Verdejo Sánchez, también de 27 años, ahora se enfrenta a una posible pena de muer-te. ¿Por qué? Conversamos con el abogado y exfiscal Ernie Cabán sobre este tipo de condena en Puerto Rico, que no se aplica en jurisdicción estatal.
¿Por qué a Félix Verdejo podría aplicarle la pena de muerte? Cabán: Los delitos que cualifican para pena capital están predeterminados por ley. El delito de secuestro que culmina en una muerte y el delito de carjacking que culmina en una muerte son dos delitos que ya están tipificados como que cualifican para pena capital. No es un acto voluntario de la Fiscalía, sino que ya la ley le dice que, si se configura ese delito, es uno de los que cualifica para pena capital.
Ya sometidos los cargos, ¿quién decide si el caso irá por la pena capital?
Cabán: Fiscalía federal tiene que notificarlo, como es uno de los delitos que cualifica, tiene que notificarlo al Departamento de Justicia federal, que es el que determina si se va a llevar a cabo un juicio de pena capital o no.
A pesar de que la ley establece que ese tipo de delito automáticamente cualifica para pena capital, el Departamento de Justicia tiene discreción para aplicarla o no, para certificarlo o no. Es el Departamento de Justicia, no es un gran jurado, el que toma la determinación.PH: Si entonces se certifica por esa vía, ¿qué pasa después?
Cabán: Se comienza a ver un juicio certificado para pena capital. Eso significa que se va a ver el juicio con ese jurado para establecer la culpabilidad o no culpabilidad. De lograrse una culpabilidad 12 a cero, como ya está certificado para pena capital, se tiene que iniciar otro proceso de escoger otro jurado que entonces va a hacer la determinación si le aplica la pena de muerte o no
PH: ¿Y si no se certifica por pena capital?
Cabán: Si el Departamento de Justicia no certifica en el ejercicio de su discreción ese caso para pena capital, entonces se expondría a cadena perpetua.
¿Verdejo podría negociar?
Cabán: Él puede llegar a un acuerdo con la Fiscalía. Si él (Verdejo) va a ver el juicio en su fondo o no, eso va a ser una determinación de Verdejo, pero Verdejo puede llegar a un acuerdo con la Fiscalía federal para declararse culpable, entonces darle la discreción al juez que lo sentencie dentro de los parámetros establecidos y disponga una pena menor.
¿Su defensa podría pedir que el caso se vea en Estados Unidos?
Cabán: Siempre existe la posibilidad de solicitar un traslado, pero lo veo poco probable. Casos aquí tan notorios como el de La Tómbola, no se autorizó. El traslado del caso contra Julia Keleher tampoco se autorizó.
El tiempo que transcurre desde el momento donde hay mayor interés público a que finalmente se ve el caso, ya las cosas han mermado.
La defensa tiene herramientas para buscar jurados más objetivos o jurados que lo pudieran favorecer con su carácter, y ese es el mecanismo que han favorecido las autoridades por encima de un traslado.
Cabá: Nunca se ha dado un veredicto de pena capital en Puerto Rico. En el caso de La Tómbola, que es el más reciente, el acusado salió culpable y después se celebró el juicio para la pena capital, pero no hubo un veredicto unánime y no se dio la pena capital.
Según la versión aceptada como buena por las autoridades de parte del cooperador, en los actos hubo comunicación entre Verdejo y la muchacha (Keishla) el día de los hechos; hubo mensajes de texto; ella voluntariamente entró al vehículo de Verdejo; en el vehículo de Verdejo es que se comenten los actos: la golpean, la inyectan, la amarran. Esto ocurre en el vehículo de Verdejo y esa evidencia de ADN tiene que estar ahí.
Me parece que junto al testimonio del cooperador, estamos ante un caso sólido. El mejor curso a seguir de Verdejo es buscar un acuerdo al final del camino con la Fiscalía para que no le apliquen la pena máxima.
La prueba fílmica que existe poniendo a Verdejo en el lugar de los hechos, corroborando la versión del testigo; la forma de la muer-te que va a salir del protocolo de autopsia: si fue ahogada, si murió por el golpe que le dio Verdejo o si fue la droga que le inyectó, son pruebas circunstanciales que conectan a Verdejo con el asesinato.
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