Trabajadores dominicanos podrían perder sus empleos si no se vacunan contra COVID-19

SANTO DOMINGO. Las empresas privadas podrán cancelar a los empleados que violen las disposiciones del gobierno sobre la tarjeta de vacunación o la prueba que demuestre que está libre de COVID-19.
De acuerdo al artículo 7.15 del Código Laboral el empleador tiene el deber ético y moral, así como la obligación legal, de tomar medidas de control ante cualquier riesgo que haya sido identificado, independientemente que esté o no contenido en el presente Reglamento”.
Por consiguiente, cualquier empleado tiene derecho a no vacunarse y tampoco a presentar pruebas de COVID negativa, pero también el empleador tiene derecho a tomar las medidas que considere pertinente para preservar la salud colectiva.
La circular emitida por el Ministerio de Trabajo transcribe varios artículos del Código Laboral, entre esos el 4.1 que establece: “Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo”; y 6.1.1 que dice que: “En cumplimiento del deber de protección, el empleador deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio, en todos los aspectos relacionados con el trabajo, adoptando para estos fines cuantas medidas sean necesarias”.
El viernes el ministro de Trabajo dijo que la institución mediaría en posibles conflictos que puedan generarse en el ámbito laboral por la exigencia de la tarjeta de vacunación contra COVID-19 a los trabajadores en las empresas donde laboran.
El ministro Luis Miguel De Camps explicó que el Código de Trabajo, la Constitución y el decreto 522-06 de Seguridad y Salud en el Trabajo establece la obligación de los empleadores de activar y de los trabajadores de participar en los comités de salud y seguridad en el trabajo.
«Afortunadamente gracia a estos comités estas dificultades que algunos han señalado van a ser solucionadas porque juntos, trabajadores, gobierno, empleadores vamos a salir de este impasse”, expresó el ministro.
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