Pro Consumidor sancionará negocios cobren comisión a personas pagan con tarjetas de crédito

El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) advirtió que es “ilegal y abusiva” la práctica de algunos establecimientos comerciales de cobrar comisión o excedente a los usuarios que pagan con tarjetas de crédito, por lo que anunció que serán sancionados los negocios que incurran en esa irregularidad en detrimento de los bolsillos de los consumidores.
El director ejecutivo de Pro Consumidor, Eddy Alcántara, dijo que a partir del 1 de febrero estarán realizando operativos para detectar los establecimientos que incurren en esta irregularidad de cobrar comisión cuando se paga con tarjeta de crédito, en algunos casos entre el 5% y el 18% por encima del valor total de la compra o servicio, “para proceder inmediatamente a ser sancionados, incluyendo el riesgo de ser clausurados de forma temporal o definitiva en caso de reincidencia”.
Sostuvo que esos comercios violan lo establecido en la Ley 358-05 de protección al consumidor, “cuya prohibición se consigna en el artículo 87 que señala que los precios no podrán ser modificados en función del medio de pago utilizado”.
“No vamos a permitir que ningún consumidor sea timado con cargos indebidos por hacer uso en los establecimientos de la tarjeta de crédito”, expresó.
Alcántara manifestó que esa institución viene recibiendo quejas constantes de negocios que incurren en esta práctica ilícita, arbitraria e injusta en perjuicio de los consumidores.
El funcionario precisó que aplicarán sanciones drásticas establecidas por la norma que protege los derechos de los consumidores a los negocios que se determinen que estén cobrando comisiones o excedentes por encima del monto total de la compra por el solo hecho de pagarse con tarjeta de crédito.
El director de Pro Consumidor exhortó a los consumidores afectados con esta práctica interponer sus denuncias en la entidad, presentando facturas y comprobante del cargo a la tarjeta de crédito, lo que dijo servirán como elemento de prueba para sustentar la reclamación.
Acotó finalmente, que la misma normativa que crea a la entidad defensora de los consumidores establece una serie de responsabilidades y obligaciones a cargo de los proveedores, cuyo incumplimiento se consideran infracciones en materia de consumo.
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