SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Poder Ejecutivo promulgó este lunes la ley que autoriza al Banco de Reservas a financiar hasta un monto no mayor de mil millones de pesos para el pago de la regalía pascual a los empleados de las instituciones del Estado descentralizadas y autónomas no financieras, así como a los ayuntamientos de los municipios y del Distrito Nacional.
La ley 360-11 también incluye a las juntas de distritos municipales y a la Liga Municipal Dominicana. Dicho préstamo tiene un plazo de financiamiento de 11 meses e igual número de cuotas mensuales y consecutivas, que incluirán capital e intereses.
Resalta la referida ley, que la tasa de interés es de tipo preferencial para el sector público y que en lo que tiene que ver con la fuente de repago, las partidas presupuestarias están asignadas en el presupuesto correspondiente a cada institución para el 2012.
“Las entidades del Estado descentralizadas, autónomas, así como los ayuntamientos del país, juntas municipales del país, la Liga Municipal Dominicana, con el propósito de honrar el pago del salario de navidad de sus empleados, se encuentran obligadas a gestionar un financiamiento ante el Banco de Reservas de la República Dominicana para poder cumplir tales fines”, explica uno de los considerandos.
Asimismo, resalta que de conformidad con el párrafo III del artículo tres de la ley 6-06, las referidas entidades no podrán endeudarse con el Sistema Financiero Nacional sin la aprobación del Congreso Nacional, cuando el vencimiento de dicho endeudamiento supere el ejercicio anual presupuestario.
“Las entidades del Estado descentralizadas, autónomas no financieras, así como los ayuntamientos de los municipios y el Distrito Nacional, juntas municipales y la Liga Municipal Dominicana, se encuentran sujetos a las regulaciones previstas en la ley 6-06 de Crédito Público, de fecha 20 de enero de 2006 y su reglamento de aplicación”, dice otro de los considerandos.
En su acápite tres, la ley 360-11 autoriza al Banco de Reservas a convertir el préstamo de 210 millones de dólares, de corto plazo a largo plazo que mantiene el Ministerio de Hacienda en esa entidad bancaria, en dólares, con una amortización de cinco años, un período de gracia para el capital, no para los intereses, de 12 meses y a tasas preferenciales para el sector público para esa moneda y plazo.
Informa que esa cartera queda facultada para la ejecución de la referida ley. Además que la misma, entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
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