Domínguez Brito hace observaciones Proyecto de Ley Orgánica de las FFAA


Dirigió una carta al Presidente de la Cámara de Diputados, donde establece, que en sentido general, la cadena de custodia de todos los elementos de prueba requiere de un proceso cuya responsabilidad es del Ministerio Público.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, remitió al Presidente de la Cámara de Diputados, observaciones a varios artículos del proyecto de Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas en el ámbito de competencia del Ministerio Público.
En una comunicación que dirigió a Abel Martínez, el Procurador indica que con relación al Artículo 5, literal e, de dicho proyecto, que atribuye al organismo castrense la custodia, supervisión y control de todas las armas, municiones y sustancias químicas que ingresen al país o que sean producidos por la industria nacional, aclara que la naturaleza de las armas bajo esa atribución constitucional y tal cual lo dispuso el constituyente, se refiere a las armas de guerra, por lo que por las demás debe velar por ellas el Ministerio de Interior y Policía.
“En el caso de las armas como cuerpo de delito en procesos judiciales al Ministerio Público le corresponde su vigilancia o control hasta la culminación del proceso”, explicó.
El Procurador hizo también observaciones al Artículo 54, párrafo IV del proyecto que dispone: “El Ministerio de las Fuerzas Armadas tendrá bajo su dependencia directa las Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (SVSP); b) Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA); c) Cuerpo Especializado para la Seguridad del Metro de Santo Domingo (CESMET); d) Cuerpo Especializado de Control de Combustible (CECCOM); e) Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (CESTUR)”.
En ese sentido, señaló que la SVSP no debe estar bajo supervisión de las FFAA por ser el organismo regulador sobre todas las personas e instituciones que desarrollan actividades de seguridad privada en el país. “La Constitución así no lo dispone, distrae de sus tareas esenciales a las Fuerzas Armadas”, expresó.
Dijo que esa función debe recaer en el Ministerio de Interior y Policía que es el órgano que se encarga de autorizar y vigilar la tenencia y porte de armas, por lo que requirió su exclusión.
Asimismo, indicó que el Cuerpo Especializado de la Seguridad Turística (CESTUR) es responsable de la Policía Nacional como policía preventiva, por lo que dijo llevarlas a las Fuerzas Armadas es desnaturalizar la esencia de ambas instituciones.
Otras observaciones fueron hechas al artículo 156, que expresa “Todo lo relativo a la compensación por retiro, haberes de retiro, así como también cualquier otro beneficio social o económico derivado del retiro militar, se aplicará de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y en la Ley del Sistema Integral de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas”.
Con relación a dicho Artículo dijo que es preferible y deseable que tanto la ARS como el Fondo de Pensiones de las FFAA pase al sistema ordinario de conformidad con la ley 87-01 sobre Seguridad Social.
“Resulta ineficiente y deficiente la provisión de servicios de salud y resultaría más beneficioso que el militar tenga libertad de elección en cuanto a la Administradora de Riesgo de Salud. Asimismo, en cuanto al sistema de pensiones lo ideal es acogerse al Proyecto de Ley sobre el Sistema de Pensiones de Reparto Estatal que reposa en el Senado de la República”, indicó Domínguez Brito.
Favoreció la modificación del artículo 183, que establece que la investigación de los hechos constitutivos de crímenes, delitos y contravenciones, estarán a cargo de las instancias con funciones de policía judicial militar de las Fuerzas Armadas, organismos auxiliares de la justicia penal militar y del régimen disciplinario militar, cuyas funciones especificas y procedimientos están contenidos en el Código de Justicia Militar y en el Reglamento Militar Disciplinario.
El máximo representante del Ministerio Público también hizo observaciones al Artículo 259 sobre incautación de armas de fuego, el cual sugirió que sea postergado a los fines de ser tratado en la Ley sobre Bienes Incautados que próximamente será remitida por el Poder Ejecutivo, por lo que dijo entender, debe ser excluido.

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