Inician investigación sobre caso directora provincial de Salud Pública en Barahona

Santo Domingo, – La Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) fue apoderada por el Ministerio de Salud Pública del caso de la directora provincial de Salud en la provincia de Barahona, la Dra. Thelma Margarita Batista, suspendida tras conocerse las amenazas que hizo al personal bajo su cuidado.
La Dirección de Investigación y Seguimiento de Denuncias de la DIGEIG inició el proceso de investigación en la mañana del lunes y visitó al Ministerio de Salud Pública tras ser apodera del caso.
Al comentar sobre el caso, Milagros Ortiz Bosch, directora general de la DIGEIG, expresó que el ejercicio de la política es un acto de libertad en el que los participantes se motivan con la buena ejecución de las políticas públicas.
Asimismo, agregó que los que lesionan ese ejercicio de libertad revelan que no han actuado para ganar la confianza en sus comunidades, repitiendo actitudes del pasado que los hechos han demostrado rechaza la ciudadanía y reproducen las prácticas del pasado.
Esto se produjo luego de que la DIGEIG recomendara tramitar en el primer día hábil, lunes 08 de mayo del 2023, una copia de la documentación de la suspensión, solicitando a la Dirección de Investigación y Seguimiento de Denuncias de esta DIGEIG apoderarse e investigar el caso en curso.
Las amenazas se cometieron en franca violación a las leyes y la Constitución de la República Dominicana, que en su artículo 39 consagra el “derecho a la igualdad y que ninguna persona puede ser discriminada por razones de pensamiento, militancia, práctica o elección de sus preferencias políticas”.
Mientras que en su Art. 138 la Carta Magna establece que “los principios fundamentales de la administración pública son claros al establecer los principios de igualdad y transparencia como criterios de especial trascendencia en el manejo de la cosa pública”.
Asimismo, se recuerda que la Ley 33-18 que rige a los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos prohíbe en su artículo 25, numeral 1, “realizar toda actividad que tienda o tenga como resultado suprimir, desconocer o disminuir los derechos humanos o las libertades, derechos o garantías individuales y sociales que consagran la constitución y las leyes”.
La recomendación de la DIGEIG también se tomó en virtud de que la Ley 41-08 de Función Pública, en su artículo 80, numeral 14, establece que “requerir, inducir u obligar a sus subalternos a participar en actividades políticas o partidarias, sea en su provecho o en provecho de terceros” está prohibido.
La Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDEESTE) informó este miércoles que el Recloser Senda, que se alimenta del Circuito No. 05 de la Subestación Villa Mella 138 KV, se encuentra fuera de servicio debido a una avería registrada en la entrada del sector Colonia de Los Doctores. De inmediato, técnicos de la empresa fueron desplegados en la […]
Fue encontrado sin vida Luis Rosario Martich, conocido como “Ray”, quien había sido reportado como desaparecido desde el pasado domingo 29 de junio. Rosario Martich, residente en el sector Guaricanos, salió de su hogar a las 9:00 de la mañana a bordo de un vehículo Kia Óptima negro, siendo visto por última vez alrededor del […]
La muerte del boxeador de 29 años Walberson Meléndez, embestido en Santiago por un joven mientras levantaba un motor, recuerda el proyecto de ley que reposa en el Senado que tipificaría como infracción agravante cuando se provoquen accidentes por calibrar motores en las vías públicas. Se trata de una iniciativa sometida en enero del 2025 para agregarle un numeral al artículo 304 de la Ley 63-17, sobre […]