SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Tribunal Constitucional declaró este lunes inadmisible el recurso de revisión sobre la incompetencia del Tribunal Superior Administrativo para conocer la acción de amparo en contra del Ayuntamiento de Santo Domingo Este y su alcalde, Juan de los Santos, por los desalojos de Brisas del Este.
La acción fue interpuesta por la Asociación de Propietarios de Vehículos Públicos del Distrito Nacional (Sichovepo) y compartes. El tribunal fundamentó la inadmisibilidad en el hecho de que el recurso debió ser incoado conjuntamente con lo relativo al fondo del asunto.
La sentencia No.135-2011, objeto del presente recurso de revisión, fue dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el ocho de diciembre de 2011.
La sentencia fue emitida el pasado 6 de febrero, y fue la primera fallada por el alto tribunal. Ese mismo día, el TC también rechazó el recurso de amparo interpuesto por el ex teniente coronel de la Policía, Bianet de Jesús Marcelino Martínez, contra el Estado dominicano y la Policía Nacional. Las dos están disponibles en la página web de la institución, www.tribunalconstitucional.gov.do.
Sichovepo y compartes acudieron al Tribunal Superior Administrativo y luego al Constitucional en busca de amparo, alegando que se violaron los derechos de 71 familias en el desalojo realizado por el cabildo del Este en un área que ocupaban en el sector Altos de Brisa.
El Contencioso se declaró incompetente para conocer el caso, alegando que no era de su jurisdicción y lo remitió a la jurisdicción inmobiliaria.
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